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Nuevo tema Responder al tema  [ 12 mensajes ] 
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NotaPublicado: Dom May 31, 2009 9:04 pm 

Registrado: Mié Jun 18, 2008 12:54 pm
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Ubicación: teruel existe
podrias dar infomacion de lo que es la FEVA y de la conveniencia de nuestra adhesion como adelanto a la asamblea de socios. gracia de antemano :?:


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NotaPublicado: Mar Jun 02, 2009 12:10 pm 
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Bien, ahora mismo ando liadísimo ultimando lo de la reunión, a ver si en los próximos días tengo algo de tiempo y lo explico todo un poco.

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NotaPublicado: Dom Jun 07, 2009 7:53 pm 
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Bueno, pues la razón principal para afiliarse a la FEVA es la facilidad que esto nos supondrá a la hora de realizar todos los trámites necesarios para organizar las reuniones. A partir de al año que viene todos nuestros vehículos cumplirán los 25 años y según la reglamentación vigente para poder organizar reuniones en las que participen 10 o más vehículos de 25 años hay que solicitar permisos, contratar un seguro de responsabilidad civil, etc.

Os pongo el artículo en cuestión:

"Aquellos eventos en que participen vehículos históricos conceptuados como tales de acuerdo con el Real Decreto 1247/1995 de 14 de Julio, por el que se aprueba su reglamento regulador o de mas de 25 años de antigüedad en numero superior a 10, en los que se establezca una clasificación de velocidad o regularidad inferior a 50 kilómetros por hora de media, así como su participación en acontecimientos o manifestaciones turísticas, concentraciones, concursos de conservación o elegancia y en general, cualquier clase de evento en los que no se establezca clasificación alguna sobre la base del movimiento de los vehículos, ya sea en función de su velocidad o de la regularidad, precisarán de autorización administrativa".

Hay más ventajas una vez asociados a la FEVA, por ejemplo, cualquier socio que quiera participar en un rallie de regularidad bajo normativa FEVA debe estar afiliado a un Club que esté adscrito a esta Asociación.

Cuantos más Clubes estemos asociados a FEVA más fuerza tendrá ésta en la lucha de nuestros intereses y los de nuestros vehículos frente a las administraciones.

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NotaPublicado: Vie Jul 03, 2009 11:19 pm 

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Buenas,no es por ir de sabiondo, pero sí quiero puntualizar una cosa de tu anterior comentario:
No es cierto que debas estar afiliado a ningún club para participar en un evento organizado bajo normativa Feva, o rallie de regularidad, y menos aún que haya de ser a un club adscrito a la FEVA.

Esto es algo que la FEVA vende, pero es irreal, yo mismo corro al menos un rallie de regularidad cada mes, y actualmente, no estoy adscrito a ningún club, ni FEVa ni no FEVA. Con pagar la inscripción del rallie, para regularidad bajo normativa FEVA es más que suficiente. Para regularidad Sport a carretera cerrada p.ej. hay que federarse, en las deportivas no en FEva, pero insisto para normativa FEva, nada de nada.

Otro tema es para organizar un rallie de regualirdad, hay sí hace falta un Club, y que éste esté afiliado a FEva puede facilitar mucho las cosas, pero tampoco es imprescindible, y como prueba de ello, el Campeonato del Trece, que o mucho ha cambiado la cosa o no tiene nada que ver, ni quieren, con la Feva.

Espero haber aclarado un poco el tema, saludos a todos.

Angel.


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NotaPublicado: Sab Jul 04, 2009 10:52 am 
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Registrado: Vie May 23, 2008 6:35 pm
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Para nada vas de sabiondo, al contrario, me alegra que hagas esas aclaraciones ya que, como bien dices, FEVA es lo que nos vende.

Lo que si sabía es que se puede organizar lo que quieras sin ser club FEVA, pero para las concentraciones turísticas, que es lo que a nosotros de momento más nos interesa, creo que el pertenecer a FEVA nos facilitará mucho los trámites a realizar.

Saludos y gracias por tus aportaciones.

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NotaPublicado: Sab Jul 04, 2009 5:45 pm 

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Ubicación: GURIEZO
Sí pertenecer a FEVA puede simplificar ese tipo de actividades, pero al fin y a la postre el tema se limita a solicitar los permisos pertinenetes y contratar la póliza adecuada, ahí es donde suele intervenir la FEVA.

De todos modos, esperemos cómo se derçsarrollan las cosas, por lo que quieren variar e implantar nuevo en regularidad, deciros que, por desgracia, "los varones de FEVA" no son especialmente aficionados a los Renault Fuego y coches coetáneos, van por otros derroteros muy distintos, así que no esperéis gran cosa de FEVA. Otro tema es para que te afilies con ellos, ahí todo son facilidades y supuestas ventajas, como podréis comprobar....

Tomad la decisión que más os favorezca, pero insisto en que nuestros Fuegos no son la tipología de coche que interesa a FEVA, ellos se lo pierden :wink: .

Saludos.

Angel.


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NotaPublicado: Dom Jul 05, 2009 4:16 pm 
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Imagino que lo dirás por lo de los 30 años, si es así tengo entendido que lo harían progresivamente, es decir, para el 2010 serían 26 años, 27 para el 2011 y así sucesivamente.

Entonces se nos quedarían fuera los matriculados en el 85, la mayoría de estos coches están fabricados en el 84 osea que si fuera necesario algo podríamos hacer.

De todas formas acordamos afiliarnos a FEVA a principios de 2010 por lo que hay tiempo para saber por donde nos van a salir.

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NotaPublicado: Mié Nov 04, 2009 1:21 pm 
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CÓDIGO TÉCNICO 2010

(Texto sometido a la aprobación de la Asamblea FIVA de Turin y aprobado por ésta -con ligeras modificaciones- para su entrada en vigor el 1/1/2010)



CONTENIDOS



1. PRÓLOGO



2. DEFINICIÓN



3. TÉRMINOS



4. REGLAS GENERALES



5. CLASIFICACIÓN TÉCNICA DEL VEHÍCULO



6. CLASIFICACIÓN DEL VEHÍCULO SEGÚN SU ÉPOCA



7. DETERMINACIÓN DE LA FECHA DE FABRICACIÓN Y CLASIFICACIÓN



8. TARJETA DE IDENTIDAD FIVA



9. OTROS







Anexo A Solicitud del Tarjeta de Identidad FIVA

Anexo B Tarjeta de Identidad FIVA







Nota 1: Cuando use el Código Técnico de la FIVA, asegúrese de que tiene la última versión





1. PRÓLOGO



El Código Técnico define un vehículo histórico siguiendo la filosofía de la FIVA, establece las reglas para la clasificación en varios grupos y describe los requisitos a cumplir para obtener una tarjeta de identidad FIVA.



El tarjeta de identidad FIVA:



* Refleja toda la información sobre el vehículo facilitada por el propietario y comprobada por la FIVA como un organismo independiente (por lo tanto, identifica al vehículo y su estado de conservación en el momento de la inspección y da los detalles de la historia conocida del mismo al igual que posibles modificaciones)



* Registra la información en una base de datos (por lo tanto graba y guarda la historia técnica de los vehículos supervivientes con el fin de beneficiar la herencia de la automoción)





* Se usa en los eventos FIVA y puede ser usada por los propietarios para sus propios fines





La finalidad conjunta es preservar y mantener en buenas condiciones todos los vehículos de carretera que estén englobados en la DEFINICIÓN DE VEHÍCULO HISTÓRICO DE LA FIVA.






1. DEFINICIÓN



La FIVA define un vehículo histórico como aquel propulsado mecánicamente que

* Tiene al menos 30 años
* Se conserva y se mantienen en buenas condiciones según su historia
* No se usa como medio de transporte diario
* Forma parte de nuestra herencia cultural técnica





2. TÉRMINOS



VEHÍCULO HISTÓRICO: un vehículo que engloba las condiciones especificadas en la definición de la FIVA.



ÉPOCA: la época en que el vehículo histórico se empleó. Puede variar según los países.



CARACTERISTICAS DE LA ÉPOCA: las características normales de un vehículo hasta el lanzamiento de un nuevo modelo por parte del fabricante.



FABRICANTE: persona o entidad que posee los derechos, los diseños, las marcas y los montajes, y comercializa el vehículo.



REPRODUCTOR: persona o entidad (no es el FABRICANTE) que fabrica un vehículo que es una copia de UN VEHÍCULO HISTÓRICO fuera de la ÉPOCA.





3. REGLAS GENERALES



3.1. Se deberá conservar y utilizar el VEHÍCULO HISTÓRICO de manera adecuada y sin perjudicar el medio ambiente y en las mismas condiciones que en su ÉPOCA.

3.2. Se debería evitar cualquier modificación o cambio fuera de la ÉPOCA y, en principio, quedarían restringidos a aquellos que indiquen las autoridades o para garantizar el buen uso del vehículo en la carretera de forma segura debido a la discapacidad o enfermedad del propietario/conductor. Deben ser efectuados siguiendo la filosofía de la ÉPOCA y de tal forma que el vehículo pueda ser convertido en el original con el mínimo esfuerzo y coste.

3.3. Las modificaciones, alteraciones y cambios deben ser documentados de forma que uno pueda saber en el futuro cómo eran los vehículos en su estado original. Esta información aparecerá en la página 4 de la tarjeta de identidad FIVA.





4. CLASIFICACIÓN TÉCNICA DEL VEHÍCULO



CATEGORÍA DE LOS VEHÍCULOS



TIPO A – STANDARD



Es un VEHÍCULO HISTÓRICO con las características normales tal y como fue entregado por el FABRICANTE.



Se aceptan mínimos cambios superficiales en cuanto a los típicos accesorios disponibles en el mercado de la ÉPOCA.



TIPO B – MODIFICADO EN ÉPOCA



Es un VEHÍCULO HISTÓRICO especialmente construido o modificado en ÉPOCA para finalidades específicas, típicas de su clase, y por ende con interés histórico por derecho propio.





TIPO C – REPRODUCCIONES Y RÉPLICAS



Una REPRODUCCIÓN es una copia de un VEHÍCULO HISTÓRICO construido fuera de ÉPOCA por un REPRODUCTOR, con o sin piezas de la ESPECIFICACIÓN DE LA ÉPOCA, que reproduce un modelo específico.



Este VEHÍCULO HISTÓRICO debe ser claramente identificado como una “REPRODUCCIÓN”.



El VEHÍCULO HISTÓRICO será denominado por un nombre compuesto por los nombres del REPRODUCTOR y del FABRICANTE, y el modelo del cual el vehículo es una REPRODUCCIÓN. (Ejemplo: Smith Bugatti Tipo 35).



Una RÉPLICA debe adecuarse a las condiciones anteriores pero será construida por el FABRICANTE del vehículo original.



Tanto las REPRODUCCIONES como las RÉPLICAS de los VEHÍCULOS HISTÓRICOS serán fechadas usando la fecha de la finalización de la fabricación.



TIPO D – MODIFICADO FUERA DE ÉPOCA



Son las modificaciones fuera de época a un VEHÍCULO HISTÓRICO con identidad demostrada, de la misma clase que las típicas en la época y que emplean las partes de la época.





TIPO E – EXCEPCIÓN



Son las modificaciones fuera de ÉPOCA a un VEHÍCULO HISTÓRICO con identidad demostrada, que se han sido realizadas empleando partes o tecnología no disponible en esa ÉPOCA.



Un vehículo de este tipo debe conservar la estructura/el chasis original o la plataforma y la carrocería del modelo con las CARACTERÍSTICAS DE LA ÉPOCA.



No se pueden cambiar más que 2 componentes principales respecto del original:



* Motor
* Transmisión
* Ruedas
* Suspensión delantera/sistema de la dirección
* Suspensión trasera



Puede que se hayan realizado las modificaciones recientemente y no afectan a la fecha del vehículo. Estas modificaciones deben cumplir con las normativas estatales.



4.2. GRUPOS DE CONSERVACIÓN DE LOS VEHÍCULOS



GRUPO 1 – ORIGINAL



Se trata de un VEHÍCULO HISTÓRICO tal y como fue producido originalmente, sin alteraciones y poco deteriorado.



GRUPO 2 – AUTÉNTICO



Se trata de un VEHÍCULO HISTÓRICO utilizado pero sin haber sido restaurado, con las características originales y con una historia conocida y posiblemente deteriorado. Las piezas deterioradas por el uso pueden ser reemplazadas por otras con ESPECIFICACIONES DE LA ÉPOCA. Se permiten reparaciones en la pintura, el revestimiento y la tapicería.



GRUPO 3 – RESTAURADO



Se trata de un VEHÍCULO HISTÓRICO con identidad conocida, total o parcialmente desmontado, reparado y montado de nuevo, con mínimas diferencias respecto a las especificaciones del FABRICANTE en caso de que no se disponga de las piezas o los materiales originales.



Las piezas originales del FABRICANTE deben ser utilizadas si están disponibles, pero pueden ser sustituidas por otras con las mismas características. El interior y el exterior y el acabado exterior pueden ser recientes siempre que sea posible según las ESPECIFICACIONES DE LA ÉPOCA.



GRUPO 4 – RECONSTRUIDO



Se trata de un VEHÍCULO HISTÓRICO compuesto por piezas de uno o más vehículos colocadas de forma que sea lo más parecido a la especificación original del FABRICANTE.





Se deben utilizar las piezas originales del FABRICANTE si están disponibles, pero pueden ser sustituidas por otras con las mismas características. Los acabados interiores y exteriores deben ser tan parecidos como sea posible a las ESPECIFICACIONES DE LA ÉPOCA.







5. CLASIFICACIÓN DEL VEHÍCULO SEGÚN SU ÉPOCA



Para los eventos de la FIVA los vehículos tradicionalmente se clasifican según las siguientes clases:



CLASE A (Antecesores) Vehículos fabricados hasta el 31-12-1904

CLASE B (Veteranos) Vehículos fabricados entre el 1-1-1905 y 31-12-1918

CLASE C (Vintage) Vehículos fabricados entre el 1-1-1919 y 31-12-1930

CLASE D (Post-Vintage) Vehículos fabricados entre el 1-1-1931 y 31-12-1945

CLASE E (Posguerra) Vehículos fabricados entre el 1-1-1946 y 31-12-1960

CLASE F Vehículos fabricados entre el 1-1-1961 y 31-12-1970

CLASE G Vehículos fabricados entre el 1-1-1971 y el límite de edad FIVA tal y como está definido en § 1




6. DETERMINACIÓN DE LA FECHA DE FABRICACIÓN Y CLASIFICACIÓN



6.1. Los datos necesarios para determinar la fecha de fabricación y la clasificación de un vehículo o de las partes de un vehículo deben incluir cualquier información relevante o documentación relacionada con el vehículo. Se requieren los números del chasis, del bastidor, de serie y de motor. En los vehículos identificados originalmente por el número de motor exclusivamente se empleará este número de motor como número de serie del vehículo.



6.2. La responsabilidad de aportar los documentos necesarios corresponde siempre al propietario del vehículo.



6.3. La ANF a la que pertenezca el propietario del vehículo en cuestión es la responsable de determinar la fecha de fabricación del mismo.



6.4. Normalmente un VEHÍCULO HISTÓRICO evaluado por una ANF será aceptado por los otros miembros de la FIVA. Si una ANF emisora presenta dudas sobre los detalles del vehículo, debería solicitar más información a otras ANF. En esos casos toda la información tendrá que ser presentada a la ANF (o Comisión Técnica) que lo solicite.



6.5. En caso de que haya controversias irresolutas en la fecha de fabricación de un vehículo entre un propietario y su ANF, o entre las ANF, el caso puede ser remitido para su juicio al Comité Técnico de la FIVA después de pagar las tarifas apropiadas. Se acatará la decisión adoptada por el Comité Técnico de la FIVA.




7. TARJETA DE IDENTIDAD FIVA



7.1. Previa solicitud, la FIVA puede emitir una tarjeta de identidad a los vehículos que cumplan con los requisitos del Código Técnico.



7.2. La tarjeta de identidad FIVA es un documento de reconocimiento expedido por la ANF para identificar un VEHÍCULO HISTÓRICO preservado y aprobado después de haber pasado por una inspección de la FIVA o su representante. El tarjeta de identidad será siempre propiedad e la FIVA y tendrá una validez de 10 años o hasta que se produzca un cambio de propietario.



7.3. En un país donde exista una ANF, el propietario del VEHÍCULO HISTÓRICO matriculado en ese país debe enviar una solicitud para el tarjeta de identidad FIVA a través de esa ANF mediante el formulario del Anexo A del Código Técnico de la FIVA. Una ANF no puede expedir la tarjeta de identidad a un vehículo matriculado en otro país.



7.4. Para los VEHÍCULOS HISTÓRICOS que no estén matriculados, se debe hacer la solicitud de la tarjeta de identidad en la ANF correspondiente al país de residencia del propietario.



7.5. En un país donde no exista una ANF, el propietario de un VEHÍCULO HISTÓRICO matriculado en el mismo deberá dirigirse a la Comisión Técnica de la FIVA para solicitar la tarjeta de identidad.



7.6. Un miembro de un club afiliado a la FIVA al que su ANF correspondiente le haya denegado la tarjeta de identidad FIVA puede recurrir esta decisión ante la Comisión Técnica de la FIVA, la cual puede delegar el examen del recurso a su subcomisión. En caso de persistir el desacuerdo, puede interponerse un recurso ante un Consejo de Apelaciones nombrado por el Comité General para tomar una decisión definitiva.





7.7. La tarjeta de identidad FIVA es un documento tal como se describe en el Anexo B del Código Técnico de la FIVA.



7.8. La FIVA, su representante nacional o un oficial designado por la FIVA puede en cualquier momento retirar una tarjeta de identidad FIVA, la cual será remitida a la autoridad emisora, indicando el motivo de la retirada.



La Comisión Técnica puede anular una decisión hecha por la ANF.





8. OTROS



Toda regla o decisión a tomar en un futuro, tomada y publicada por la Comisión Técnica desde la aparición de este Código Técnico deberá ser considerada como parte del mismo.

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NotaPublicado: Mié Nov 04, 2009 1:28 pm 
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Registrado: Vie May 23, 2008 6:35 pm
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Todo el "tocho" que os he puesto en el anterior mensaje es el nuevo Código Técnico FIVA para vehículos históricos. Como podéis ver se eleva la edad a 30 años por lo que ya no tiene sentido afiliarse a la FEVA.

Esto sería tan sólo la normativa FIVA/FEVA pero como éstos son los que negocian con la administración es cuestión de tiempo que se modifique el R.D. que regula todos estos temas y por ende también el R.G.C. en el tema de permisos y contratación de seguros para nuestras reuniones.

Habrá que estar atentos a ver si para la del próximo junio es necesario pedir permisos o no.

Os mantendré informados.

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NotaPublicado: Jue Nov 05, 2009 3:57 am 
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Registrado: Mar May 27, 2008 10:43 pm
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Entonces lo de historico o clasico ya no es 25 años ahora es a los 30? O solo es para lo de la feva......La normativa esa para subir a los 30 años es para el año que viene no? saludos vaya mierda si es asi...... a darlo de baja temporal

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NotaPublicado: Jue Nov 05, 2009 7:54 pm 
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Registrado: Vie May 23, 2008 6:35 pm
Mensajes: 728
Ubicación: Zaragoza
De momento es solo para FEVA pero no tardando mucho será también para las administraciones.

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NotaPublicado: Vie Nov 06, 2009 3:15 pm 
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Registrado: Mar May 27, 2008 10:43 pm
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Haber si aguantan otro año más jeje.............

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